Los nuevos instrumentos de pago SEPA se
han de integrar en la empresa española antes del
01/02/2014. A partir de esa fecha, todos los ciudadanos, comerciantes y
empresas con relaciones bancarias en la zona euro se verán afectados por la
implantación de la SEPA.
La introducción el 01/02/2014 hace que
todas las empresas tengan que prepararse para la transición, sino, pueden
sufrir una crisis de tesorería, transferencias y pagos que conlleve un bloqueo
de las transacciones al no haber sido tramitados como pagos SEPA.
Por lo tanto, para preparar su empresa
para la SEPA, es preciso, en primer lugar, actualizar las aplicaciones de pago
existentes, considerando los siguientes aspectos:
Ø Mudanza de identificador
de cuentas y formato CCC a los códigos BIC e IBAN.
Los códigos
IBAN (código Internacional de Cuenta Bancaria) y BIC (código de Identificación
Bancaria) es la única identificación de las cuentas y entidades de crédito que
se admitirá en las transacciones SEPA. Ya que, en toda transacción el cliente pagador
debe proporcionar el IBAN que identifique la cuenta del beneficiario y el BIC
correspondiente a su entidad de crédito. Por lo tanto ha de cumplir los
siguientes puntos:
·
Recopilar el IBAN y BIC de
trabajadores, clientes, deudores, proveedores, acreedores y Administraciones
públicas con las que trabaje, así como informar del de sus cuentas utilizadas
para las operaciones con ellos.
·
Revisar los contratos y
documentos impresos en los que conste la CCC que pasará a IBAN, como puede ser
los pagos de las nóminas vía transferencia.
·
Adecuar documentos
comerciales tales como facturas, talones, contratos, folletos….
·
Revisar procedimientos de
contabilidad y facturación.
·
Modificar las bases de datos
que contengan la información sobre las cuentas de los clientes para incluir el
IBAN y el BIC.
Ø Administración y gestión
de mandatos.
Para los
clientes/deudores que tengan orden de adeudo en vigor, en formato AEB:
·
Custodia de la orden, junto
con la adaptación del CCC, que contiene
el IBAN y BIC, esta adaptación la habrá obtenido del cliente/deudor. Por lo
tanto, en todos los pagos SEPA, deberá tener adaptada la referencia de la orden
y contarán los pagos recurrentes y la fecha de mandato.
Si desea pasar de adeudos en formato AEB a adeudos
SEPA B2B, deberá de solicitar que cliente/deudor, firme un mandato B2B.
Para los nuevos clientes/deudores:
·
Se envía los mandatos SEPA al
deudor, con la referencia única del mandato, este los ejecuta, informando de su
IBAN y BIC de la cuenta en la que se hace el cargo con su fecha y firma.
·
El mandato permite a la
entidad del deudor realizar a este el cargo, y se puede emitir tanto en papel
como en formato electrónico.
·
Caduca transcurridos 36 meses
desde que el último adeudo directo fue iniciado, debiendo ser cancelado por
usted y ha de volver a enviar al deudor un mandato para que lo firme.
Ø Adaptación de las
órdenes de transferencia, y los adeudos directos españoles, Cuadernos AEB, a
los nuevos formatos SEPA.
Tras haber contratado
con su banco, o bancos, los servicios de pagos, SEPA, y tener en su poder,
actualizados, los IBAN y BIC, los mandatos, y las antiguas ordenes de adeudo,
migradas, podrá comenzar a emitir adeudos, SEPA.
Los adeudos directos
SEPA presentan dos modalidades: una básica (CORE), y otra para uso exclusivo
entre empresas, autónomos y profesionales (denominada B2B).
- Adeudo directo SEPA básico CORE: Permite realizar cobros en euros
adeudando la cuenta del deudor ya sea consumidor, empresa o autónomo.
- Adeudo directo SEPA B2B: Permite realizar cobros en euros entre no
consumidores, y que a diferencia del básico tiene un plazo de devolución
reducido.
Agradecer la colaboración de nuestro cliente Antonio Martinez del Grupo Mesas para la publicación de este artículo.
A continuación os dejamos un
comunicado que es recomendable enviar a nuestros clientes para que dispongan de
la información necesaria para adaptarse a SEPA.
A/A CLIENTE
DIRECCIÓN
CP – POBLACION,
PROVINCIA
Población, 02 de Diciembre de 2013
Estimado cliente,
Con motivo de la
migración en la Euro Zona de los esquemas nacionales de recibos al esquema de
adeudo directo SEPA a partir del día 1 de febrero de 2014, le hacemos llegar la
Orden de Domiciliación de Adeudo Directo Básico SEPA, la cual tendrá que
devolvernos debidamente cumplimentada y sellada y firmada con su conformidad a
la mayor brevedad posible.
En caso de duda póngase
en contacto con su entidad financiera para que le facilite dichos datos.
Sin otro particular, aprovechamos para
enviarle un cordial saludo,
Responsable
Departamento
Detic Enterpirses S.L
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ORDEN DE DOMICILIACIÓN DE |
ADEUDO DIRECTO BÁSICO |
SEPA
B2B
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